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El interés superior del menor en Puebla: qué es y cómo protege a niñas, niños y adolescentes

11 sept
9 min de lectura

¿Qué sucede cuando los padres se separan y existe una disputa por la guarda y custodia? ¿Quién decide con quién debe vivir un niño? ¿Qué ocurre cuando existen desacuerdos sobre la pensión alimenticia o las convivencias?



Suprema Corte de Justicia
Criterio de la Suprema Corte de Justicia


En estos casos existe un principio jurídico fundamental que debe colocarse por encima de los intereses particulares de los adultos: el interés superior de la niñez.


En el Estado de Puebla, el interés superior de niñas, niños y adolescentes constituye un principio esencial para la protección de sus derechos y tiene especial importancia en asuntos de derecho familiar, como divorcio, guarda y custodia, patria potestad, alimentos, convivencia y adopción.


La legislación poblana reconoce que niñas, niños y adolescentes son personas titulares de derechos, por lo que las decisiones que puedan afectar su vida deben analizarse considerando primordialmente la protección de sus derechos y su desarrollo integral.


¿Qué es el interés superior de la niñez?


El interés superior de la niñez es un principio jurídico que obliga a que, cuando una decisión pueda afectar a una niña, niño o adolescente, se analicen de manera prioritaria las consecuencias que dicha decisión tendrá sobre sus derechos, bienestar y desarrollo integral.


Esto significa que una autoridad no debe resolver un conflicto familiar considerando únicamente los intereses de los padres.


Debe preguntarse:


«¿Qué decisión protege mejor los derechos de la niña, niño o adolescente en las circunstancias particulares del caso?»


Esta pregunta es fundamental en el derecho familiar.


La Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla establece que, atendiendo al interés superior de la niñez, el ejercicio de los derechos de los adultos no puede condicionar ni limitar los derechos de niñas, niños y adolescentes.


Por lo tanto, cuando existe un conflicto entre adultos y una niña, niño o adolescente puede resultar afectado, sus derechos deben recibir una protección prioritaria.


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¿Qué significa el interés superior del menor en Puebla?


Aunque en el lenguaje cotidiano suele utilizarse la expresión “interés superior del menor”, jurídicamente es más adecuado hablar de “interés superior de la niñez”.


La razón es importante: las niñas, niños y adolescentes no deben ser considerados simplemente como “menores” en una relación de subordinación frente a los adultos.


Son personas titulares de derechos.


El interés superior busca precisamente garantizar que esos derechos sean respetados y protegidos.


En Puebla, este principio puede tener consecuencias prácticas en situaciones como:


- Divorcios.

- Separaciones de los padres.

- Guarda y custodia.

- Patria potestad.

- Pensión alimenticia.

- Régimen de visitas y convivencia.

- Adopciones.

- Violencia familiar.

- Medidas de protección.

- Restitución del derecho a vivir en familia.

- Procedimientos judiciales que involucren a niñas, niños y adolescentes.


Por ello, el interés superior de la niñez es uno de los principios fundamentales que debe conocer cualquier persona que enfrente un procedimiento de derecho familiar en Puebla.


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¿El interés superior significa que el niño siempre tiene la razón?


No.


Este es uno de los errores más frecuentes al hablar del interés superior de la niñez.


El principio no significa que una niña, niño o adolescente siempre deba obtener lo que quiere.


Tampoco significa que su opinión determine automáticamente el resultado de un juicio.


Lo que significa es que sus derechos, necesidades, circunstancias y opinión deben ser considerados de manera seria y adecuada.


Por ejemplo, si existe una controversia entre los padres respecto de la guarda y custodia, no sería suficiente preguntar simplemente:


“¿Con quién quiere vivir el niño?”


La autoridad debe analizar otros factores relevantes, como su edad, grado de desarrollo, entorno familiar, condiciones de vida, existencia de posibles riesgos, relación con sus progenitores y demás circunstancias particulares.


La decisión debe buscar proteger sus derechos y favorecer su desarrollo integral.


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El interés superior de la niñez en los juicios de guarda y custodia en Puebla


Uno de los ámbitos donde el interés superior tiene mayor relevancia es la guarda y custodia.


Cuando los padres dejan de vivir juntos pueden surgir preguntas como:


- ¿Con quién vivirá el niño?

- ¿Dónde estudiará?

- ¿Quién estará encargado de sus cuidados cotidianos?

- ¿Cómo convivirá con el otro progenitor?

- ¿Quién tomará determinadas decisiones?

- ¿Qué sucederá durante vacaciones?

- ¿Las convivencias deben ser libres o supervisadas?


Estas cuestiones no deben resolverse simplemente a partir de lo que uno de los padres desea.


El análisis debe centrarse en la protección de los derechos de la niña, niño o adolescente.


Por ejemplo, tener una mejor situación económica no significa automáticamente que un progenitor deba obtener la guarda y custodia.


De la misma manera, el hecho de que un padre o una madre tenga un conflicto con el otro progenitor no significa necesariamente que deba impedirse la convivencia.


Cada caso debe analizarse individualmente.


Bienestar infantil
Bienestar emocional y personal de los menores

¿Qué pasa con las visitas y convivencias?


El derecho de convivencia también debe analizarse desde la perspectiva del interés superior de la niñez.


Después de una separación es frecuente que uno de los padres quiera mantener contacto con sus hijos, mientras que el otro considera que las convivencias deben limitarse o incluso suspenderse.


Aquí es necesario distinguir entre el conflicto de pareja y la relación parental.


La separación de los padres no significa automáticamente que los hijos deban perder el contacto con alguno de ellos.


Sin embargo, cuando existen circunstancias que puedan representar un riesgo para la niña, niño o adolescente, la autoridad debe analizar las medidas necesarias para proteger sus derechos.


Dependiendo de las circunstancias, pueden establecerse condiciones específicas para las convivencias.


Por eso, tampoco existe una respuesta automática para todos los casos.


El principio rector debe ser nuevamente:


«¿Qué modalidad de convivencia protege mejor los derechos y el bienestar de la niña, niño o adolescente?»


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El interés superior y la pensión alimenticia en Puebla


El interés superior de la niñez también tiene una relación directa con los alimentos.


En el derecho familiar, los alimentos no deben entenderse únicamente como comida.


Comprenden las necesidades necesarias para el desarrollo de niñas, niños y adolescentes, de acuerdo con las disposiciones aplicables.


Por ello, cuando se determina una pensión alimenticia, deben considerarse las necesidades de quien tiene derecho a recibirla y las posibilidades de quien debe proporcionarla, conforme al marco jurídico aplicable.


La existencia de otros hijos o nuevas obligaciones familiares puede ser relevante para analizar determinadas circunstancias, pero ello no significa que automáticamente desaparezca la obligación alimentaria respecto de los hijos anteriores.


El interés superior de la niñez exige que las decisiones relacionadas con los alimentos protejan efectivamente los derechos de las personas menores de edad.


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¿Los padres pueden anteponer sus intereses a los de sus hijos?


Los padres conservan derechos y obligaciones respecto de sus hijos.


Sin embargo, el ejercicio de los derechos de los adultos encuentra límites cuando puede afectar los derechos de niñas, niños y adolescentes.


La legislación poblana establece una regla especialmente importante:


Los derechos de los adultos no pueden utilizarse para condicionar o limitar los derechos de niñas, niños y adolescentes.


Esto resulta especialmente relevante cuando existe un conflicto entre los progenitores.


Por ejemplo, una madre o un padre no debería utilizar a sus hijos como instrumento para:


- Castigar al otro progenitor.

- Transmitir mensajes.

- Obtener ventajas durante un juicio.

- Presionar económicamente a la otra parte.

- Impedir injustificadamente las convivencias.

- Generar rechazo hacia el otro progenitor.


Los conflictos entre adultos deben mantenerse separados, en la medida de lo posible, de los derechos de los hijos.


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La opinión de niñas, niños y adolescentes también debe ser escuchada


El interés superior de la niñez no significa decidir todo por los niños sin escuchar lo que tienen que decir.


Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar y expresar su opinión en los asuntos que puedan afectarles, tomando en consideración su edad, desarrollo evolutivo y madurez.


Esto puede ser especialmente relevante en procedimientos de:


- Guarda y custodia.

- Convivencia.

- Adopción.

- Medidas de protección.

- Restitución de derechos.


Sin embargo, escuchar su opinión no significa colocar sobre sus hombros la responsabilidad de elegir entre sus padres.


Un niño no debería sentirse obligado a responder:


“¿Con quién quieres vivir: con mamá o con papá?”


La participación debe realizarse de manera adecuada, evitando presiones, manipulaciones y situaciones que puedan generar afectaciones emocionales.


La finalidad es conocer su perspectiva y garantizar su derecho a participar.


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¿Qué deben considerar las autoridades al aplicar el interés superior?


El interés superior de la niñez no debe convertirse en una frase que simplemente aparezca en una sentencia o resolución.


Debe existir un análisis concreto de las circunstancias particulares del caso.


Dependiendo de la situación, pueden ser relevantes aspectos como:


- Edad de la niña, niño o adolescente.

- Grado de desarrollo y madurez.

- Necesidades particulares.

- Entorno familiar.

- Condiciones educativas.

- Situación de salud.

- Relaciones familiares.

- Existencia de violencia.

- Posibles factores de riesgo.

- Condiciones de cada progenitor.

- Opinión de la persona menor de edad.

- Necesidades emocionales y sociales.

- Condiciones necesarias para garantizar su desarrollo integral.


Por ello, no existe una fórmula que pueda aplicarse exactamente igual a todas las familias.


Cada caso debe analizarse de manera individualizada.


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El Código Civil de Puebla y el interés superior de la niñez


El interés superior de la niñez no se encuentra únicamente en la legislación especializada.


También forma parte del marco jurídico familiar del Estado de Puebla.


El Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla contempla disposiciones relacionadas con la protección de niñas, niños y adolescentes y reconoce la importancia de atender el interés superior de la niñez.


Esto demuestra que se trata de un principio que debe considerarse de manera transversal en la aplicación de las normas familiares.


Por ello, al estudiar un asunto de guarda y custodia, alimentos, patria potestad, convivencia o divorcio con hijos, no basta con revisar una sola disposición legal.


Es necesario analizar el conjunto de normas que integran el sistema de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.


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¿Quién protege los derechos de niñas, niños y adolescentes en Puebla?


La protección de la niñez no corresponde exclusivamente a los jueces.


Participan diferentes autoridades e instituciones.


Entre ellas se encuentra la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, cuya función está relacionada con la protección integral y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes dentro del ámbito de sus atribuciones.


También intervienen autoridades jurisdiccionales y administrativas, así como instituciones relacionadas con la educación, salud y asistencia social.


Esto es importante porque la protección de la infancia requiere una actuación coordinada.


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¿Por qué es importante conocer el interés superior de la niñez?


Conocer este principio puede ayudar a madres y padres a comprender que un procedimiento familiar no debe convertirse simplemente en una lucha entre adultos.


Cuando existen hijos, las decisiones pueden tener consecuencias que van mucho más allá del juicio.


Un divorcio puede modificar la dinámica familiar.


Una disputa de custodia puede cambiar el lugar donde vive un niño.


Una controversia sobre convivencia puede afectar su relación con sus progenitores.


Una pensión insuficiente puede comprometer la satisfacción de sus necesidades.


Por eso, el derecho familiar debe analizarse teniendo siempre presente a las personas que pueden resultar más afectadas por las decisiones de los adultos: las niñas, niños y adolescentes.


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Conclusión: el interés superior de la niñez debe estar en el centro


El interés superior de la niñez en Puebla es mucho más que una expresión jurídica.


Es un principio que obliga a considerar los derechos, necesidades, circunstancias y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes cuando una decisión pueda afectarles.


En asuntos de derecho familiar en Puebla, como divorcio, guarda y custodia, pensión alimenticia, patria potestad y régimen de convivencia, este principio adquiere una importancia fundamental.


La pregunta no debería ser solamente:


“¿Quién tiene la razón: mamá o papá?”


La pregunta verdaderamente importante es:


«“¿Qué decisión protege mejor los derechos y el bienestar de la niña, niño o adolescente?”»


Ese cambio de perspectiva es fundamental.


Porque una controversia familiar puede tener dos partes enfrentadas, pero cuando hay niñas, niños o adolescentes involucrados, sus derechos no deberían convertirse en una consecuencia del conflicto entre los adultos.


El interés superior de la niñez exige colocar sus derechos en el centro de la decisión.


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¿Necesitas asesoría sobre un asunto familiar en Puebla?


Si tienes un procedimiento o conflicto relacionado con guarda y custodia, pensión alimenticia, convivencia, patria potestad, divorcio o cualquier otro asunto de derecho familiar, es importante analizar las circunstancias particulares de tu caso y determinar qué acciones jurídicas pueden resultar procedentes.


Recuerda: cada asunto familiar es diferente y la estrategia jurídica debe construirse a partir de los hechos, las pruebas y la legislación vigente aplicable.


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Contáctanos para recibir información sobre las alternativas jurídicas que pueden existir en tu caso.


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Aviso legal


Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoría jurídica personalizada ni sustituye el análisis de un abogado. La legislación puede ser reformada, por lo que para resolver un caso concreto deben consultarse las disposiciones vigentes y los criterios jurisdiccionales aplicables.

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